Regla del DHS: Residencia permanente para hijos de empleados de gobiernos extranjeros
TÍTULO: Regla del DHS: Residencia permanente para hijos de empleados de gobiernos extranjeros
QUÉ OCURRIÓ: El Departamento de Seguridad Nacional de EE. UU. (DHS) y el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS) cambiaron una regla para permitir que los niños nacidos en EE. UU. de empleados de gobiernos extranjeros que no son ciudadanos estadounidenses se registren para obtener la residencia permanente (permiso para vivir en EE. UU. de forma permanente). DHS también está actualizando el Form I-485, Application to Register Permanent Residence or Adjust Status, y el Form G-325R, Biographic Information (Registration); la fecha de entrada en vigor es el 4 de septiembre de 2026.
A QUIÉN AFECTA: Los niños nacidos en los Estados Unidos de una madre o padre empleado de un gobierno extranjero que no es ciudadano estadounidense.
QUÉ HACER AHORA:
- Revise si esto aplica a usted: usted nació en EE. UU. y su madre o padre fue empleado de un gobierno extranjero y no era ciudadano estadounidense.
- Lea el aviso oficial del Registro Federal.
- Si cree que califica, hable con un abogado de inmigración antes de presentar cualquier documento.
- La fuente no indica una fecha límite para presentar la solicitud.
FUENTE: https://www.federalregister.gov/documents/2026/09/09/2026-18345/registration-of-lawful-permanent-residence-for-children-born-to-foreign-government-employees-in-the
AVISO: Información general del Departamento de Seguridad Nacional, no es asesoramiento legal; consulte con un abogado de inmigración. El inglés es la versión autorizada.
(Traducción automática: la versión en inglés es la autorizada).