Cambio de regla para trabajadores religiosos R-1: se elimina la ausencia de 1 año
TÍTULO: Cambio de regla para trabajadores religiosos R-1: se elimina la ausencia de 1 año
QUÉ SUCEDIÓ: El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) eliminó la regla que exigía que ciertos trabajadores religiosos R-1 salieran de Estados Unidos y permanecieran fuera por 1 año completo antes de regresar con estatus R-1. Este cambio entra en vigor el 16 de enero de 2026.
A QUIÉN AFECTA: A trabajadores religiosos R-1 (personas que realizan labor religiosa para una iglesia, mezquita, sinagoga u organización similar sin fines de lucro legítima) que ya alcanzaron o están por alcanzar el tiempo máximo permitido en estatus R-1.
QUÉ HACER AHORA:
- Si eres un trabajador R-1 que se acerca al final de tu tiempo máximo de estancia, habla de inmediato con la directiva de tu organización religiosa o con tu contacto legal.
- No salgas de Estados Unidos suponiendo que aún aplica la antigua regla del año en el extranjero; la regla cambió el 16 de enero de 2026.
- Consulta con un abogado de inmigración si este cambio te ayuda directamente a extender tu trabajo o ajustar tus planes. Este aviso no significa que automáticamente obtengas más tiempo; lo que hace es eliminar una sanción por regresar.
- (consulta la fuente) para obtener detalles sobre el tiempo máximo de estancia R-1 y los procedimientos de readmisión.
FUENTE: https://www.federalregister.gov/documents/2026/01/16/2026-00830/improving-continuity-for-religious-organizations-and-their-employees
AVISO LEGAL: Información general del Departamento de Seguridad Nacional, no es asesoría legal; consulta con un abogado de inmigración. La versión en inglés es la autorizada.
(Traducción automática: la versión en inglés es la autorizada.)