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Neutral2026-06-06

TÍTULO: Solicitud de Asilo y de Suspensión de Remoción (Formulario I-589)

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TÍTULO: Solicitud de Asilo y de Suspensión de Remoción (Formulario I-589)

QUÉ ES: El Formulario I-589 es la solicitud de asilo y de suspensión de remoción (una protección contra el regreso a un país donde usted enfrentaría daños graves). Le permite pedir asilo al gobierno de Estados Unidos si usted se encuentra físicamente en el país y no es ciudadano estadounidense. Este formulario es el primer paso, y el más importante, para buscar protección.

QUIÉN LO NECESITA: Usted puede presentar este formulario si se encuentra físicamente en Estados Unidos, no es ciudadano estadounidense y teme ser perseguido en su país de origen. Se aplican reglas especiales si usted es un Miembro del Grupo de Conciliación Ms. L. o un Familiar Adicional Calificado (QAFM, por sus siglas en inglés); en ese caso, debe presentar la solicitud en papel y escribir una designación específica en la primera página (consulte la página oficial de Ms. L. para más detalles).

CÓMO PRESENTARLO:

1. Llene el Formulario I-589 en papel. Escriba a máquina o con letra de molde clara en tinta negra, siguiendo las instrucciones oficiales.

2. Si usted es un Miembro del Grupo de Conciliación Ms. L. o un QAFM, escriba “Ms. L Settlement Class Member” o “Ms. L. Settlement QAFM” en la parte superior de la primera página. No presente la solicitud en línea; USCIS podría rechazar una solicitud electrónica suya.

3. Busque la dirección postal correcta. La mayoría de los solicitantes seguirán las instrucciones del formulario. Si usted presenta la solicitud por “Pérdida de estatus derivado después de la presentación inicial pero antes de la decisión final” o como “Solicitante principal y solicitante derivado” al mismo tiempo, envíe su solicitud por correo al buzón seguro (lockbox) de Dallas o Chicago del USCIS (según dónde viva), no a la Unidad de Recepción de Asilo (Asylum Intake Unit) del USCIS. USCIS otorgó un período de gracia: si envió su solicitud por correo a la Unidad de Recepción de Asilo con matasellos anterior al 20 de marzo de 2026, aún será aceptada.

4. Incluya la tarifa de presentación requerida. Esta fuente no indica el monto de la tarifa; consulte la tabla oficial de tarifas de USCIS para conocer el monto actual y los métodos de pago aceptados. USCIS conservará la tarifa de presentación incluso si su solicitud es rechazada.

5. Firme y ponga la fecha a su formulario.

6. Después de presentar la solicitud, si su caso está pendiente, USCIS podría enviarle un aviso para pagar la Tarifa Anual de Asilo (Annual Asylum Fee). Usted debe pagar esa tarifa dentro de los 30 días siguientes al aviso. Si no paga a tiempo, su Formulario I-589 pendiente podría ser rechazado (efectivo a partir del 29 de mayo de 2026).

TARIFAS: Esta fuente no indica el monto en dólares de la tarifa de presentación (consulte la tabla oficial de tarifas). También existe una Tarifa Anual de Asilo para ciertas solicitudes pendientes. Si usted es un Miembro del Grupo de Conciliación Ms. L. o un QAFM, no está obligado a pagar la Tarifa de Solicitud de Asilo (Asylum Application Fee) ni la Tarifa Anual de Asilo a partir del 5 de febrero de 2026, según una actualización del litigio. Siempre verifique las reglas de tarifas más actualizadas en el sitio web de USCIS.

EDICIÓN VIGENTE Y FECHAS LÍMITE: En esta fuente no aparece ninguna fecha de edición del formulario (verifique la edición actual en la página oficial). Una fecha límite de pago importante: si recibe un aviso para pagar la Tarifa Anual de Asilo, pague dentro de los 30 días o su solicitud pendiente podría ser rechazada.

ERRORES COMUNES: 1. Usar una edición antigua del formulario: siempre descargue el formulario más reciente de USCIS.gov. 2. Enviar su solicitud por correo a la dirección equivocada: lea atentamente las instrucciones de “Dónde presentar” que correspondan a su tipo de caso y lugar de residencia. 3. Olvidar firmar el formulario: una solicitud sin firma no puede ser procesada. Además, si usted es miembro del grupo Ms. L., presentar la solicitud en línea en lugar de enviar un formulario en papel puede causar el rechazo.

DÓNDE OBTENER EL FORMULARIO: Descargue la versión más reciente desde la página oficial de USCIS: https://www.uscis.gov/i-589

FUENTE: https://www.uscis.gov/i-589

AVISO LEGAL: Información general de USCIS, no asesoría legal; verifique siempre en la página oficial y consulte a un abogado de inmigración autorizado para su caso. La versión en inglés es la autorizada.

(Traducción automática — la versión en inglés es la autorizada.)

Información gratuita, no asesoría legal. Nunca compartimos tus datos con autoridades migratorias. Consulta siempre la fuente oficial.
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